María
Santísima del Consuelo vestida para su festividad de la Inmaculada Concepción.
Fotografías Jesús León Navarro
Hoy domingo 8 de diciembre la Iglesia
celebra el Segundo Domingo de Adviento, que este año coincide con la Solemnidad
de la Inmaculada Concepción. Para comprender qué sucede en un caso como este y
qué celebración prevalece sobre la otra, hay que remitirse a las Normas
Universales sobre el Año Litúrgico y el Calendario (NUALC).
Al final de este documento, se encuentra
una tabla en la que cada celebración litúrgica figura enumerada en función de
su prevalencia. Así, el Triduo Pascual de la Pasión y Resurrección del Señor lo
encontramos en primer lugar y, por lo tanto, prevalece sobre cualquier otra
celebración.
En este caso concreto, los domingos de
Adviento se encuentran en el número 2, mientras que las solemnidades de la
Santísima Virgen María, inscritas en el Calendario General, se encuentran en el
tercero.
Por lo tanto, al coincidir el Segundo
Domingo de Adviento con la Solemnidad de la Inmaculada, ésta debe trasladarse
al día libre más cercano, por ejemplo, al lunes 9 de diciembre.
La presente normativa es válida para
toda la Iglesia Católica. No obstante, se da el caso en algunos lugares de
indultos concedidos por la Congregación para el Culto Divino.
Por ejemplo, según se lee en el
Calendario Litúrgico de la Conferencia Episcopal Española, “la Congregación
para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, atendiendo una
solicitud de la Conferencia Episcopal Española, ha dispensado de la observancia
de las normas litúrgicas que imponen el traslado de la solemnidad de la
Inmaculada Concepción al lunes siguiente, por lo que en España se celebra este
domingo dicha solemnidad”.
Aunque esta Misa se dice con vestiduras
de color blanco, en España puede usarse también el color azul, como consta en
el Misal aprobado recientemente en España.