martes, 6 de agosto de 2013

LAS CONDICIONES DEL OBISPADO PARA APROBAR LA HERMANDAD EN 1983



El 10 de mayo de 1982, D. José Luis Martínez Aragón nuestro primer Hermano Mayor, registraba una instancia en el Obispado de Ciudad Real solicitando la aprobación de lo que en un principio se llamó Hermandad del Amor Fraterno.

El Vicario General de entonces, D. José Díaz-Naranjo González Ortega, una vez oídos los pareceres del Cura de la Parroquia de la Santiago, de la Comisión Permanente de la Asociación de Cofradías de Semana Santa, y el dictamen del Ministerio Fiscal del Obispado, comunico a José Luis Martínez el 5 de marzo de 1983, la decisión del Sr. Obispo sobre esta aprobación siendo la siguiente:

1)      Se aprobará la Hermandad del Amor Fraterno si los promotores aceptan estas condiciones:
2)      Las imágenes no puede exponerse en el templo parroquial de Santiago, por dificultades de lugar, sino que han de tenerse en otro sitio, para incorporarse a su hora a la correspondiente procesión;
3)      En cuanto al desfile procesional, habrá de integrarse en la procesión que señale la Comisión Permanente de la Asociación de Cofradías de Semana Santa, sin introducir una nueva procesión en la ciudad;
4)      En los Estatutos se hablará de tres secciones de la Hermandad, como integrantes de éste, pero no de tres Cofradías.

El escrito terminaba sometiendo a la consideración de los promotores estos puntos, y de estar conforme, lo comunicara al Obispado, para otorgar la aprobación.  Siendo contestado este escrito días después por José Luis Martínez Aragón, en el cual comunicaba su conformidad a los puntos anteriormente reseñados.